Objetivo específico
Apoyar a los hogares en condiciones de pobreza patrimonial ubicados en asentamientos humanos irregulares, para que cuenten con certeza jurídica.
Cobertura
El Programa se aplicará en las localidades urbanas del país, en las cuales la CORETT se encuentra regularizando la tenencia de la tierra.
Población objetivo
La población objetivo del Programa son aquellos hogares en situación de pobreza patrimonial, que requieren apoyo económico, ya sea para regularizar y escriturar el lote en el que habitan o para liberar la reserva de dominio del lote que han contratado con la CORETT y que por razones económicas no han cubierto el costo del procedimiento de escrituración.
Tipo de Apoyo
El apoyo que otorga la SEDESOL, consiste en entregar al beneficiario un subsidio federal para que obtenga la escritura pública o título de propiedad expedido por la CORETT.
Montos de los Apoyos
El monto del apoyo federal que se otorgue por cada hogar en situación de pobreza patrimonial, para regularizar o escriturar el lote que posee, será de $7,000.00 (Siete mil pesos 00/100 M.N.) o equivalente al costo de la regularización en caso de que éste sea menor.
En caso de que el costo de la regularización exceda el monto del subsidio federal, la diferencia deberá ser cubierta por el beneficiario con aportaciones propias o de terceros con autorización de la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Ordenación del Territorio (SSDUOT), o por los gobiernos de las entidades federativas o de los municipios.
Beneficiarios y elegibilidad
Para participar en este Programa, y ser elegibles, los hogares deberán cumplir con los siguientes criterios: estar en condición de pobreza patrimonial; star ubicado en los polígonos donde la CORETT cuente con facultad de dominio para la regularización de la tenencia de la tierra; No haber recibido previamente subsidio del Programa.
Instancias participantes
La SSDUOT será la Instancia Normativa del Programa y estará facultada para interpretar las presentes Reglas y para resolver sobre aspectos no contemplados en ellas. La Dirección General de Desarrollo Urbano y Suelo (DGDUS) será la instancia coordinadora del Programa. Para los efectos de la operación del Programa en el Distrito Federal, en su caso, fungirá como responsable de lo que se describe a continuación. Las Delegaciones SEDESOL, que serán responsables de verificar el cumplimiento de estas Reglas y de la normatividad aplicable al Programa.
La Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra (CORETT) será la Instancia Ejecutora del Programa con el apoyo de sus Delegaciones Estatales.
Control y seguimiento
La DGDUS, llevará a cabo acciones periódicas de seguimiento y control del ejercicio presupuestal del Programa, que permitan adoptar medidas preventivas y correctivas en su operación.
Difusión
Las Delegaciones SEDESOL y de la CORETT efectuarán la difusión del Programa en las entidades federativas, mediante la colocación de carteles, distribución de volantes, locución con perifoneo, reuniones informativas o mediante alguna otra forma que se considere efectiva.
Capacitación
Se desarrollarán reuniones de capacitación dirigidas a los beneficiarios para informarles acerca de las características e implicaciones de la regularización.
Contraloría social
La instancia de contraloría social estará integrada y deberá ejercerse por los beneficiarios del Programa, quienes de manera organizada, independiente, voluntaria y honorífica se constituyan con tal carácter.
Objetivo general
Contribuir a la disminución de la pobreza urbana y vulnerabilidad patrimonial de la población, así como al ordenamiento de los asentamientos humanos, otorgando seguridad jurídica al patrimonio de los hogares en condiciones de pobreza patrimonial que viven en asentamientos humanos irregulares en polígonos donde la La Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra (CORETT) tiene facultad de dominio.


